COMPLIANCE ADUANERO

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Como en todas las actividades humanas, desde las más sencillas a las más elaboradas, prevalece un orden en su desarrollo y aplicación, de lo simple a lo complejo.

En el cumplimiento Aduanero (Compliance Aduanero), la mercancía es la base fundamental por lo cual su descripción integral permitirá, de acuerdo con la Organización Mundial de Aduanas (OMA), no solo su Calificación o Descripción en el marco de la Merceología, sino también la Clasificación Arancelaria dentro del Sistema Armonizado de las Mercancías.

Todos los países miembros toman de la OMA los primeros 4 dígitos de la clasificación de los productos de manera que, a la salida o exportación de un lugar, la identificación de estos a la importación en otro país no solo reciba el mismo tratamiento, clasificación y calificación, sino la descripción semejante a la del lugar de origen, aplicando la Normatividad y Tratamientos semejantes en ambos lugares de envío y recepción.

Los siguientes 4 dígitos de la Clasificación Arancelaria permitirán que, en cada zona o país se puedan determinar los requisitos o regulaciones que debe cumplir la referida mercancía a la importación o exportación y así mismo indicar dentro de los 2 últimos dígitos de referencia, el arancel de entrada o de salida que cada país impondrá a esos productos, dependiendo del país en cada caso y de su situación económica para gravar con un porcentaje la importación o exportación, considerando adicionalmente si la mercancía se encuentra o no integrada dentro de un Tratado o Acuerdo de Negociación, verificando si tienen un trato preferencial en la zona, variando del “0” al “100” de impuestos, más el cumplimiento de las Normas Internacionales o las que determine el país.

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Las Agencias Aduanales coadyuvan con las empresas comerciales o industriales a la revisión previa de sus artículos para calificar y clasificar cada uno de los productos terminados, partes o piezas sueltas, así como sus refacciones, determinando los programas en los cuales pueden calificar, de exportación o importación temporales o definitivos, permisos, oficios, cuotas o regulaciones y todo lo que requerirá cada producto en el “Plan de Importación o Exportación”, con la finalidad y el solo objetivo de evitar problemas, verificándolos tanto con muestras físicas como catálogos, identificando su uso o destino, de tal suerte que no encuentre limitantes o barreras en el proceso de internación a otro páis.

Los controles de estas operaciones los llevarán tanto las empresas dueñas de los productos, como las citadas agencias de conformidad con lo señalado por Las Leyes y Reglamentos de Comercio Exterior y el Código Fiscal de la Federación.

Por lo anterior, si piensa usted incursionar en el ancho mundo del comercio exterior, ya sea importando y/o exportando mercancías, requiere de hacer una correcta planeación, administración y control de sus procesos, conociendo, entendiendo y gestionando las regulaciones y leyes aplicables, tanto del país emisor como del receptor. Esto le evitará sinsabores en sus operaciones, amén de las demoras, almacenajes y multas o infracciones en las que pudiera incurrir, lo anterior por no haber contemplado todos los elementos y pasos que conlleva en un marco legal y regulado a nivel mundial. Por ello, antes de buscar incluso proveedores o clientes para sus productos, hágase de un buen consultor especialista en Comercio Exterior y Aduanas que le pueda asesorar sobre sus proyectos específicos y las necesidades emergentes.

Se ahorrará mucho tiempo y costos por tener que llevar a cabo trámites o gestiones adicionales.


Mayra Mendoza

ITT Consultores

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